subsanación de discrepancias catrastales
tramitamos su expediente de subsanación en Catastro
Realidad, escrituras, registro y catastro no coinciden. ¿Qué debo hacer?.

Paso A: obtención de información catastral
Usted mismo puede conseguir su información catastral por medio de la Oficina Virtual del Catastro.
Paso B: casos posibles
- La superficie asignada por Catastro no coincide con la reflejada en las Escrituras o el Registro de la Propiedad
- La superficie asignada por Catastro no encaja con la superficie que usted estima que existe en la realidad
Paso C: asesoramiento por Ingeniero Técnico Topógrafo Colegiado
- Si la propiedad está perfectamente delimitada por linderos antiguos, el trámite se reduce saltando al paso 4
- Si la propiedad no tiene sus linderos bien definidos, procedemos al amojonamiento de la parcela:
- Por el propietario si conoce los límites.
- Por el topógrafo según la información que posea.
- Citación a colindantes por Burofax para deslinde.
- Si hay acuerdo: se firma del Acta de Deslinde Contradictorio.
- Si no hay acuerdo: redactaremos las desavenencias en dicho Acta de Deslinde Contradictorio.
- Visado del trabajo por el Colegio Oficial de Topografía y tramitación directa a través de nuestra empresa.
- Inicio del Expediente de Subsanación de Discrepancias.
- La Gerencia Territorial dará a los colindantes un plazo de 15 días para alegaciones si no hay conformidad por su parte.

